Compliance

El cumplimiento de las leyes, el respeto, la integridad, la transparencia, la excelencia, la profesionalidad, la confidencialidad y la responsabilidad social son los principios básicos que inspiran la actuación y rigen la actividad de CaixaBank.

El Código Ético y la Política Anticorrupción de CaixaBank tratan de asegurar, no sólo el cumplimiento con la legislación aplicable, sino también el firme compromiso con sus principios éticos como firmantes del Pacto Mundial de las Naciones Unidas. De acuerdo con el Código Ético y de Conducta Empresarial de CaixaBank y con el principio de cumplimiento de la legalidad, CaixaBank define, en su Política Corporativa de Cumplimiento Penal, el modelo de prevención de delitos, que recoge el conjunto de medidas dirigidas a prevenir, detectar y reaccionar ante conductas delictivas e identifica los riesgos y controles asociados a las mismas que se establecen.

Todos los empleados, directivos y miembros de su órgano de administración deberán cumplir con las leyes y la normativa vigente en cada momento, así como cualquier normativa o circular interna de CaixaBank, donde, entre otros, la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo constituye una prioridad.

La Sucursal de CaixaBank en Italia, como parte de la Red Internacional de CaixaBank, impulsa y promueve el cumplimiento de los valores y los principios éticos dentro de su ámbito de competencia.

Toda la información sobre las principales políticas y principios responsables en materia social y ambiental, en este enlace https://www.caixabank.com/es/sostenibilidad/cultura-responsable/politicas-etica-integridad.html

Prevención Blanqueo de Capitales y Sanciones Financieras Internacionales

El Grupo CaixaBank está firmemente comprometida con la prevención del blanqueo de capitales y la prevención de la financiación de actividades terroristas, y con el cumplimiento de los Programas de Sanciones y Contramedidas Financieras Internacionales.

La Sucursal Italiana ha adoptado dicho compromiso rigiéndose por las principales leyes, reglamentos y directivas aplicadas por las autoridades locales -Banco de Italia y la Unidad de Inteligencia Financiera Italiana (la UIF)-, además de promover la aplicación de los más altos estándares internacionales en la materia (Autoridad Bancaria Europea (ABE), Banco Central Europeo (BCE), Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), entre otros).

Para cumplir con su objetivo principal de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, la Sucursal Italiana está obligada a cumplir con los requisitos de diligencia debida de la clientela ('obblighi di adeguata verifica della clientela') respecto a cada cliente y a comunicar a la UIF cualquier operación sospechosa detectada en el curso de sus operaciones, de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes en cada momento, así como con su normativa y procedimientos internos.

En concreto, los requisitos de diligencia debida con respecto al cliente consisten principalmente en:

  • Identificar a los clientes y a su(s) beneficiario(s) real(es) ("titolare effettivo")
  • Obtener y evaluar la información sobre el objetivo y la naturaleza de la relación en curso ("rapporto continuativo").
  • Realizar un seguimiento continuado de la relación durante todo el transcurso de la misma mediante el examen de las operaciones globales de los clientes, verificando y actualizando los datos y la información mencionados en los puntos anteriores.

En materia de Sanciones Internacionales, CaixaBank Grupo cumple con cualquier ley de sanciones económicas o comerciales, regulación, embargo o medida restrictiva administrada, promulgada o ejecutada en Italia, la Unión Europea o cualquier Estado miembro actual o futuro de la misma y las Naciones Unidas.

Así mismo, con carácter voluntario y cuando se considere aconsejable, se dará cumplimiento a otros programas de sanciones internaciones, como puede ser el caso de la normativa de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (en adelante OFAC) aplicable a E.E.U.U. y/o la Office of Financial Sanctions Implementation (OFSI) de Reino Unido.

Más información sobre los Principios Generales de la Política Corporativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo y de Gestión de las Sanciones y Contramedidas Financieras Internacionales del Grupo CaixaBank en este enlace: https://www.caixabank.com/es/accionistasinversores/gobierno-corporativo/documentos-corporativos.html